Bienvenidos

Hola, me gustaría hablaros un poco de que va este blog y bueno todas las cuestiones relevantes.

1º ¿Quienes somos?

Bueno somos un grupo de alumno de derecho y derecho y políticas de primer grado que hemos decidido abrir este blog con el objetivo de dar que hablar sobre temas jurídicos, responder cuestiones y bueno que toda esa actividad descrita sirva para nuestra formación.

2º ¿Que objetivos tenemos?

Bueno como ya he comentado antes publicar cuestiones importantes del ámbito jurídico que den de hablar para enriquecernos con esa información y responder todo tipo de cuestiones o casos que se nos puedan plantear y por supuesto y cosa que a mi me personalmente (Jurista01) me parece muy importante acercar el derecho de una manera simple y de fácil comprensión al ciudadano de a pie.

3º ¿ Como lo haréis?

Siempre se va a hacer todo en base a nuestros conocimientos si no este proyecto perdería todo su encanto.




martes, 17 de mayo de 2011

Cómo sacarse unas pelas. Gracias TRLPI 1/1996

En estos tiempos que corren es bastante común que algún que otro adolescente(menor o mayor de edad) tenga conocimientos intermedios o incluso avanzados en programación, o simplemente sepa arreglarselas bien con los Pcs. Aunque sea un hobbie, estas habilidades que vamos obteniendo pueden pagarnos desde la carrera hasta las juergas de los fines de semana. ¿Cómo? Usando la imaginación para pensar en algo práctico, creándolo e inscribiendo el resultado en el registro de la propiedad intelectual. Con un precio bajo y promocionando la herramienta o servicio que hemos creado, nos sacaremos algunas pelas.

¿De verdad me sirve esto para algo?¿Y si alguien copia mi código? Aquí, precisamente, está el truco. Todo aquel que conozca a un informático sabe lo vagos que son, copian un código ajeno, similar al que necesitan y en la mayoría de los casos hacen caso omiso a licencias y demás figuras jurídicas. Se deja la herramienta con un código perfectamente visible, y a cualquiera que haga una copia estructural y sustancial de ella y la use en beneficio propio, lo podréis denunciar por plagio.

Esto de lo que os hablo no me lo acabo de inventar, ya se ha puesto en práctica. Al ser menores de edad, la indemnización y el resto de derechos de propiedad lo llevarán vuestros padres, sin embargo si se es mayor de edad esta limitación desaparece.

Os dejo un enlace a la Ley de la Propiedad Intelectual 1/1996 12 de abril para que podáis echarle un vistazo y ver que lo que os cuento es cierto.

¡Hasta otra!
Att. Baron von Kartoffel

2 comentarios:

  1. Es probable que esto siga asi hasta que se pronuncie el TS y diga que es un claro abuso de derecho

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  2. Parece interesante, también algo cabrón, pero para cabrones otros, que mejor que nosotros

    Creo haber entendido lo que queréis decir, pero ¿Podíais poner un ejemplo más claro, algún caso real que ocurrió o similar?

    Un saludo!

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